Ayuda
EMDANA 2026
Objetivo
Ayudas destinadas a sufragar los gastos corrientes de las empresas que han iniciado una nueva actividad económica con posterioridad al 1 de noviembre de 2024 en uno de los municipios afectados por la dana.
Beneficiarios
Las personas físicas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutualidad de previsión social, y las pymes, así como las cooperativas y las sociedades civiles siempre que se dediquen a una actividad económica y tengan personalidad jurídica propia y la consideración de pymes.
Tipo de ayuda
La cuantía de la subvención será del 100% del total de los gastos que sean considerados como subvencionables, sin que en ningún caso pueda ser superior a 20.000 euros.
Requisitos
Las pymes beneficiarias deberán encontrarse en las siguientes circunstancias:
- Que dispongan de un centro de trabajo en uno de los municipios afectados por la dana incluidos en el anexo II de la Resolución de convocatoria.
- Que hayan emprendido una nueva actividad económica con posterioridad al 1 de noviembre de 2024 en uno de los municipios del anexo II.
NOTA: Las empresas que soliciten subvención en la convocatoria EMPYME 2026 no podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente convocatoria
Gastos Elegibles
Ejecución de los gastos entre el 01/11/2024 y el 31/05/2026
- Gastos de alquiler de locales o establecimientos comerciales, oficinas o naves vinculados al desarrollo de su actividad económica, coworking, despachos o espacios imprescindibles para poder ejercer la actividad empresarial.
- Gastos laborales del personal por cuenta ajena con contrato laboral cuyo centro de trabajo esté ubicado en uno de los municipios afectados por la dana incluidos en el anexo II. El tope máximo subvencionable de retribución mensual bruta por nómina que se tendrá en cuenta para calcular la subvención es de 3.000 euros.
- Gastos de contratación de servicios profesionales. Serán subvencionables en este apartado los gastos derivados de la contratación de profesionales para la obtención y gestión de licencias, certificaciones u otros trámites necesarios para la realización de la actividad empresarial, gastos de gestoría, asesoría jurídica y gastos notariales, siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. Asimismo, se incluyen costes externos de consultorías profesionales